Regulación de tests de drogas en sector público
La desprolija forma en que se llevó a cabo la salida del exsubsecretario de Hacienda pone de manifiesto la relevancia de una mejor regulación en la forma como se hacen estos controles, y la adecuada cautela de garantías.

El episodio que ha rodeado la salida del exsubsecretario de Hacienda, a raíz de que un examen de detección de consumo de droga salió positivo, debe resultar particularmente aleccionador en la forma como este tipo de temas debe abordarse, pues si bien es legítimo que se busquen establecer controles para el ejercicio de ciertos cargos públicos -particularmente para resguardar que altos funcionarios no se vean comprometidos en sus funciones por consumos problemáticos o eventualmente cooptados por el crimen organizado-, es indispensable que se tengan a la vista una serie de garantías y resguardos, evitando caer en sobrerregulaciones o desprolijidades cuyas consecuencias pueden ser muy lesivas o irreparables para los afectados.
En el caso del exsubsecretario, es evidente que se ha incurrido en un actuar precipitado al forzar su remoción cuando todavía falta por conocer el resultado de una contramuestra, lo que habría hecho prudente esperar el final del proceso antes de tomar una decisión y hacer públicos los resultados. Al parecer, el gobierno quiso adelantarse a los efectos de una posible filtración de los resultados, para evitar dar la idea de que se estaba ocultando información comprometedora, y así dar muestras de plena transparencia. Sin embargo, el desprolijo manejo que se ha hecho del caso, al punto que el propio gobierno tuvo que salir a aclarar que en caso de que la contramuestra descartara un consumo de drogas el subsecretario podría ser reincorporado -aunque no se aclaró si al mismo cargo-, deja en mal pie a La Moneda, y afecta la honra del afectado.
Sin duda parte del problema se debe a la disparidad de normas que existen para controlar el consumo de drogas en funcionarios públicos, así como el tratamiento de la información. La ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, por ejemplo, establece que no podrá asumir como subsecretario, jefe superior de servicio ni directivo superior de un órgano u organismo de la Administración del Estado, hasta el grado de jefe de división o su equivalente, el que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, pero en caso de sobrevenir una inhabilidad de este tipo, el funcionario se someterá a un programa de rehabilitación, procedimiento que será reservado. En cambio, en la ley de reajuste al sector público (2026), se indica que ministros, subsecretarios, delegados presidenciales y otros funcionarios deberán obligatoriamente someterse a un examen de drogas al asumir el cargo, el que deberá repetirse dos veces al año, cuyos resultados serán públicos.
El Presidente José Antonio Kast anunció el envío de una reforma constitucional para para incorporar el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas ilícitas como causal para perder el cargo, que incluye a ministros, parlamentarios y alcaldes, lo que abre nuevas interrogantes. La pregunta de fondo que se debería responder es qué riesgo se está pretendiendo prevenir o mitigar, y si la forma de hacerlo resulta proporcional al daño eventual. Si el riesgo es la captura de autoridades, ello requeriría de otros antecedentes para comprobarlo, además de un test.
Hay una oportunidad para regular bien esta materia, donde se delimiten bien las sanciones, los medios de prueba y la publicidad de los antecedentes, pero para ello es fundamental no caer en excesos.
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